La óptica comparatista se presenta, como el instrumento más adecuado, para determinar la regulación óptima de una determinada materia. Así, surge un consenso sobre cómo deben regularse las políticas medioambientales, agrícolas, de consumo, competencia o energía. Se parte de las diferentes regulaciones que, para una misma materia, proponen los Estados para elegir, tras un análisis comparativo, cuál de ellas es la mejor.
En un mundo donde las relaciones internacionales han cobrado gran importancia, se precisa una cierta uniformización internacional del Derecho, en aras de la mejor convivencia entre las naciones y entre los individuos.
La pretensión de sustituir los Derechos nacionales por un Derecho supranacional uniforme, dictado por un legislador mundial, es claramente imposible y todas las iniciativas jurídicas en este sentido se desvanecieron con los acontecimientos históricos del siglo XX.
Sin embargo, cada vez están adquiriendo más relevancia las iniciativas que buscan un acuerdo, para que en todas partes se aplique a una determinada relación jurídica, un mismo Derecho. La labor del Derecho comparado se plantea una vez más como imprescindible para determinar cuál, de entre todas las soluciones disponibles, es la óptima.
Si bien estas iniciativas se desarrollan en todos los ámbitos del Derecho, cobran especial importancias las relativas a cuestiones de comercio internacional y las destinadas a la protección de los Derechos Humanos.
- El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT)
- Tribunales internacionales:
- Tribunales internacionales Naciones Unidas
- Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo
- Corte Interamericana de Derechos Humanos
cuidado donde te metes
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